GOLPE DE MUERTE A LA COLONIA DE ABEJARUCOS DE MAIRENA DEL ALJARAFE

Pese a las reiteradas promesas de protección del Equipo de Gobierno Municipal. Una verdadera salvajada innecesaria.

 

 

14.10.2017 ADTA.

 

 

El pasado jueves 12 de octubre, festivo y día de la Hispanidad, trabajadores de la empresa encargada del llamado proyecto “ciclosenda”, del ayuntamiento de Mairena del Aljarafe, derribaban los últimos 25 nidos de abejarucos situados en la carretera San Juan Palomares, entre la rotonda del Parque Porzuna y la Urbanización de Java, asestando otro duro golpe más a la ya deteriorada colonia de esta colorida ave, conocida por los vecinos desde hace años.

El abejaruco europeo es un ave migratoria con unos colores espectaculares que se alimenta principalmente de medianos y grandes insectos. Tras pasar el invierno en el África Subsahariana recorrerá miles de kilómetros para regresar y reproducirse, entre otros lugares, a España. Para ello se agrupan en colonias y escavan galerías de más de un metro de profundidad en taludes y pequeños cortados, como los de la carretera San Juan Palomares SE-3304.

La colonia de abejarucos de Mairena del Aljarafe es muy especial por estar situada en el núcleo urbano, conviviendo con vecinos y vecinas, eliminando insectos 12 horas al día y deleitando con su belleza y vuelos acrobáticos a vecinos no solo de Mairena, también de Palomares e incluso algún fotógrafo de Sevilla y Coria del Río. Al verlos criar tan cerca de la ciudad el pensamiento de que se puede vivir en cierto equilibrio con la naturaleza es irremediable, igual que lo es pensar que pequeños detalles cuentan, que no hubiese costado tanto ofrecerles un futuro junto a nosotros y que los costes económicos y sociales de mantener la colonia son anecdóticos al estar situada en lo que será un futuro parque.

Resulta paradójico que un proyecto medioambiental tan ambicioso como la ciclosenda, cerca de 250.000€ para 400 metros escasos, con el objetivo final de ser más “saludables” y “sostenibles” pase por encima de una colonia de abejarucos propinándole un golpe mortal. Y es que tras recorrer miles de kilómetros los abejarucos volverán la primavera que viene y se encontrarán que tienen que empezar de nuevo, con la dificultad de que el tránsito se habrá multiplicado y por tanto las molestias… Si todavía deciden criar, tendrán que prepararse para la última sorpresa, la “puntilla”, en forma de feria proyectada a escasos metros de los nidos en junio de 2018, en plena época de cría. No había meses ni lugares apropiados para la feria.

La colonia de abejarucos de Mairena del Aljarafe ha llegado a tener decenas de parejas reproduciéndose, según nos cuentan técnicos medioambientales de la zona. En 2015 la fuerte transformación y urbanización del entorno, el aumento del tráfico y las molestias había ya mermado la colonia a unas 6-7 parejas. En mayo de ese mismo año la Diputación con un proyecto de mejora del firme del Plan Supera derribó varios nidos, algunos de ellos ya ocupados en plena época de cría. Tras conseguir detener la obra gracias a personas de Ecologistas en Acción y ADTA al cabo de unas semanas los abejarucos volvieron, pero ya solo eran 4 parejas. En 2016 solo tres parejas lograron criar sus pollos en los taludes de Mairena del Aljarafe, en 2017 solo dos en los extremos norte y sur del talud.

En 2018 no sabremos qué pasará pero haremos lo posible porque los abejarucos sigan ahí.

 

 

Proyecto de Ciclosenda Descarga...

Situación de la ciclosenda en Google Earth (hacer clic sobre la imagen)


Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres.

Artículo 7. Régimen general de protección.
1. Las especies silvestres, especialmente las amenazadas y sus hábitats, se protegerán conforme a las limitaciones y prohibiciones dispuestas en esta Ley y normas que la desarrollen, frente a cualquier tipo de actuaciones o agresiones susceptibles de alterar su dinámica ecológica.
2. Queda prohibido, en el marco de los objetivos de esta Ley y sin perjuicio de las previsiones contenidas en el Título II con respecto a la caza, la pesca y otros aprovechamientos, así como en la normativa específica en materia forestal y de pesca marítima en aguas interiores, marisqueo y acuicultura marina:
a) Dar muerte, capturar en vivo, dañar, perseguir, molestar o inquietar intencionadamente a los animales silvestres sea cual fuere el método empleado, en particular durante el periodo de reproducción, crianza, hibernación y migración, recolectar sus larvas o crías, alterar o destruir sus hábitat, así como sus lugares de reproducción y descanso.
b) Destruir, dañar o quitar de forma intencionada nidos o sus huevos, frezaderos y zonas de desove, así como la recogida o retención de huevos, aun estando vacíos.
c) Destruir, recoger, cortar, talar o arrancar, en parte o en su totalidad, especímenes naturales de la flora silvestre, así como destruir sus hábitats.
d) La posesión, retención, naturalización, venta, transporte para la venta, retención para la venta y, en general, el tráfico, comercio e intercambio de ejemplares vivos o muertos de especies silvestres o de sus propágulos o restos, incluyendo la importación, la exportación, la puesta en venta, la oferta con fines de venta o intercambio, así como la exhibición pública.
e) Liberar, introducir y hacer proliferar ejemplares de especies, subespecies o razas silvestres alóctonas, híbridas o transgénicas en el medio natural andaluz, a excepción de las declaradas especies cinegéticas y piscícolas.
3. Todo agente de la autoridad podrá ordenar el cese de cualquier actividad no autorizada que infrinja, gravemente, lo dispuesto en este artículo, comunicándolo inmediatamente a la Consejería competente en materia de medio ambiente a efectos de inicio del correspondiente expediente sancionador.

 

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