Almensilla: ADTA presenta un borrador de alegaciones a la Innovación para crear la descomunal Area de Oportunidad Empresarial de Almensilla (casi cinco veces el PISA, 280 hectáreas)

También documento resumen.

 

Borrador de Alegación de ADTA

Borrador del Documento de Alegaciones de ADTA (archivo pdf, 3 Mb)

Resumen del Documento de Alegaciones de ADTA (archivo pdf, 2.8 Mb)

Anexo 1 Exceso de Suelo Productivo en el Área de Sevilla (archivo pdf, 0.2 Mb)

Anexo 2 El Arroyo Cañada Fría (archivo pdf, 0.8 Mb)

 

 

24/01/2011 ADTA

 

La INNOVACIÓN plantea reclasificar 285 hectáreas para usos productivos al sur del núcleo principal de Almensilla y justifica su propuesta en la previsión que hace el POTAUS. El suelo ocupado hasta la fecha, en toda la Historia suma 262 hectáreas, inferior al que propone reclasificar la INNOVACIÓN.

 

 

 

La Innovación no especifica cual deberá ser la inversión pública y la aportación en Sistemas Generales es muy escasa. Los promotores y propietarios tendrían unos costes de 36,5 millones de euros y unos beneficios que podrían oscilar entre un mínimo de más de cien millones de euros y podrían llegar hasta los mil millones de euros. Las plusvalías obtenidas son de tal magnitud, que ponen de manifiesto aún más si cabe, la nula reversión de las mismas a la colectividad, como debería hacerse según la ley.

Una Modificación que clasifica 285 hectáreas, en un municipio que ha ocupado en toda su historia 262 hectáreas, es una alteración muy importante del planeamiento, que obliga a efectuar una Revisión del mismo, no una simple Innovación.

La propuesta de la INNOVACIÓN basa su justificación en el hecho que el POTAUS contempla el Área de Oportunidad. Pero aunque el POTAUS exime a las Áreas de Oportunidad de los límites del crecimiento establecidos en el artículo 45 del POTA, no les exime del cumplimiento de todos los otros requisitos legales, entre ellos la justificación de la necesidad de clasificar esos suelos. El preceptivo análisis supramunicipal, valorando oportunidades, no existe. Esta justificación, es aún más necesaria, dado que los suelos propuestos para urbanizar están incluidos en el Sistema de Protección Territorial como Espacio Agrario de Interés .Las apelaciones a una supuesta demanda no están basadas en estudios y compromisos reales, por lo que no pasan de ser meras especulaciones y tópicos sobre la pretendida absorción por el mercado de todo ese suelo. Pero además suponer que existe demanda para el suelo que se propone reclasificar, se contradice con la realidad económica. En estos momentos existe un exceso de suelo en el área metropolitana de Sevilla, que según todos los expertos se prolongará durante mucho tiempo.

El impacto social que puede generar puede ser altamente negativo. Si a esto le añadimos los riesgos de que durante demasiado tiempo la ejecución de las actuaciones previstas esté “a medio hacer” o, incluso peor, se quede ”en abandono”, concluimos que estas alteraciones deberían estar fuertemente justificados por las necesidades que van a atender, así como contar con garantías especialmente robustas de que se van a alcanzar los resultados previstos. Por todo esto consideramos que el principio de precaución está completamente ausente en el conjunto de la operación en cuestión.

La falta de justificación de la propuesta de la INNOVACIÓN, se hace más patente cuando se constata que contradice al propio POTAUS, sin justificación, respecto a las directrices de las Áreas de Oportunidad. Propone una superficie mucho mayor (más de 285 hectáreas) de la determinada en el POTAUS (246 hectáreas), una importante diferencia que no puede considerarse un simple ajuste de los límites. Propone usos Logísticos, Comerciales e incluso Turísticos (hoteles) que se no se establecen en las directrices del POTAUS. Es condición previa la ejecución de la SE-40, infraestructura que no está ejecutada y el proyecto está paralizado. Es condición la ejecución previa de los sistemas de transporte público, que según nuestra noticias, no está prevista a corto plazo.

Dado su enorme tamaño, la propuesta de reclasificación de la INNOVACIÓN llega al límite del término municipio en su delimitación con Coria del Río y con Puebla del Río, en una zona territorialmente muy compleja. Afecta al eje de conexión entre dos ámbitos, la vaguada del Riopudio y las marismas del Guadalquivir, conectadas a través de la Cañada Real de las Islas en esa zona A sus funciones ecológicas y lúdicas este eje añade además una función de separador de los términos de Almensilla, Coria del Río, Puebla del Río y Palomares del Río, que confluyen en la zona. Y si no se preserva de la urbanización, se consumará innecesariamente un indeseable proceso de conurbación con Coria, que podría y debería evitase. Esa misma zona es un pasillo de importantes infraestructuras energéticas metropolitanas, tres gaseoductos, un oleoducto y un pasillo eléctrico discurren al sur del ámbito de ordenación de la INNOVACIÓN. Debería de limitarse el crecimiento hacia el sur, hasta la línea de los gaseoductos.

Él ámbito de la actuación propuesta por la INNOVACIÓN, es en realidad un ámbito discontínuo, dividido en dos partes, por la vía pecuaria Vereda Cañada Fría. La INNOVACIÓN dice en la memoria que “pondrá en valor” la vereda y dice que la incluye en una red de carriles bici. Pero esas determinaciones no se plasman en los planos ni en la Ficha Urbanística ni en el Estudio Económico Financiero. Por otra parte, la INNOVACIÓN no toma ninguna medida tendente a preservar el carácter de la vía pecuaria, sobre todo ordenando adecuadamente el paisaje y usos en las zonas en contacto con la vereda.

La propuesta de la INNOVACIÓN provocará el sellado de suelo de una importante superficie, lo que a su vez provocará el aumento de las escorrentías superficiales, respecto a las cuales, la INNOVACIÓN se limita a decir que serán recogidas por el sistema de aguas residuales, que en avenidas rebosa hacia el arroyo Riopudio, y por el arroyo Cañada Fría, sin evaluar la incidencia que el mayor aporte de agua tendrá sobre los arroyos, debido a la eliminación de gran parte de la infiltración y la ausencia de sedimentos en el agua, ni proponer medidas correctoras. Propone además un Sistema General de Espacios Libres en el arroyo Cañada Fría, que ocupa un lugar marginal al oeste de la actuación y por tanto inncesario.e inadecuado.

La INNOVACIÓN no aborda un análisis y tratamiento justificado del paisaje urbano y rural afectado, ni ordena "las morfologías urbanas conforme a las condiciones topográficas, ecológicas y paisajísticas". No se adapta la INNOVACIÓN a los "...elementos territoriales susceptibles de integración para la mejora del proyecto urbano”, como es el caso de la vereda Cañada Fría, como hemos visto en un punto anterior. Tampoco constan actuaciones tendentes a la consideración e integración en las propuestas de la INNOVACIÓN de “La topografía y las condiciones de visibilidad” y son claramente insuficiente las escasas medidas para “La integración del paisaje urbano con los restantes paisajes naturales y culturales,...". Una de las escasas medidas en ese sentido, adosar las zonas verdes al límite de término en el sur de la unidad, no es vinculante para el planeamiento de desarrollo.

Hasta la fecha, el Ayuntamiento no ha llevado a cabo la celebración de ningún evento especial (presentaciones, conferencias, jornadas, debates públicos en los medios de comunicación municipales, exposiciones síntesis, etc), ni consta que haya distribuido información a la población (folletos resúmenes, extractos, información en la página web, etc) que permitan una aproximación de los ciudadanos a un documento tan importante.

 

 

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